Consejo Directivo del Coordinador Eléctrico designa a Daniel Salazar como Director Ejecutivo
Su nombramiento fue acordado por la unanimidad del Consejo. En la primera línea acompañarán al Director Ernesto Huber, Rodrigo Barbagelata y Juan Carlos Araneda.
Santiago, 28 de diciembre 2016.- El Consejo Directivo seleccionó al ingeniero Daniel Salazar J., como Director Ejecutivo del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, cumpliendo de esta forma con lo mandatado por la Ley N°20.936.
Su nombramiento fue acordado por la unanimidad de los integrantes del Consejo Directivo, luego de un concurso público que se inició el día 22 de octubre, y que contó con la participación de postulantes de reconocida capacidad técnica y profesional. A cargo de la selección de una terna para presentar al Consejo Directivo estuvo la empresa especializada Korn Ferry International.
Daniel Salazar, es Ingeniero Civil Electricista de la Universidad Técnica Federico Santa María y Executive MBA (c) de la Universidad Adolfo Ibáñez. Cuenta con más de 18 años de experiencia en operación, planificación, tarificación y regulación del sector eléctrico, tanto en el sector público como privado. Además, es profesor y miembro del Comité Asesor Industrial de Ingeniería Eléctrica en la Universidad Técnica Federico Santa María.
Dentro de las funciones que le corresponderá realizar al Director Ejecutivo del Coordinador están: la implementación de los acuerdos y directrices adoptados por el Consejo Directivo; proponer al Consejo Directivo la estructura organizacional del Coordinador; la gestión del funcionamiento técnico y administrativo del organismo; y las demás materias delegadas por el Consejo Directivo.
Asimismo, el Consejo Directivo en conjunto con el Director Ejecutivo designado, han acordado que las funciones de Operación; Peajes y Transferencias; y Planificación y Desarrollo, serán propuestas para ser ocupadas, en primera línea y dependiendo directamente del Director Ejecutivo, a los señores Ernesto Huber, Rodrigo Barbagelata y Juan Carlos Araneda, respectivamente. Las demás funciones y la estructura organizacional interna serán definidas conforme a los plazos establecidos en la ley.
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